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Cacería de fondos y aseguradoras para detectar matrimonios por interés

El matrimonio, dice la ley, es un contrato solemne por medio del cual dos personas se unen “con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”. Pero ¿qué pasa cuando el matrimonio tiene otros objetivos? ¿Qué sucede cuando alguien que nunca tuvo hijos ni cónyuge decide casarse para heredar una pensión, o cuando lo que se pretende es cobrar un seguro de vida u obtener unos papeles de residencia?

Esta semana, la Corte Suprema de Justicia les dio un portazo a esos matrimonios al establecer que son simulados y, por lo tanto, pueden anularse, ya sea porque lo pida un cónyuge engañado, un familiar o un tercero afectado, como una aseguradora. Su argumento es que esos contratos no se hacen para cumplir los objetivos que dicta el Código Civil –compartir una vida juntos–, sino por un interés en la sombra.

Esa fue la razón por la que la Sala Civil de la Corte confirmó una decisión de un tribunal de Cali y anuló el matrimonio de una joven de 28 años con un hombre de 95. En el 2009, cuando el esposo murió, la joven acudió hasta Seguros de Vida Suramericana para cobrar una pensión vitalicia. Pero la aseguradora se opuso y demandó su matrimonio afirmando que el único propósito de la boda había sido cobrar el seguro de vida.

La joven siempre dijo que su unión fue real y que se le estaba negando el derecho por un estereotipo según el cual los hombres viejos no pueden casarse con mujeres jóvenes. Pero la Corte le dio la razón a la aseguradora porque encontró que los testigos demostraron que entre los dos nunca hubo una relación de pareja y, por lo tanto, la razón real para casarse no fue la que quedó en el papel.

Pero para las aseguradoras, el problema va más allá. Mario Cruz, director de la Cámara de Seguridad Social de Fasecolda, afirma que los engaños al sistema pensional y las compañías de seguros son una práctica extendida que constituye “un abuso del derecho”. Según Cruz, aunque en esta materia no hay estadísticas, los casos en los que personas muy mayores se casan con jóvenes son los que menos se ven. La mayoría, dice, son en los que aparecen de repente hijos o nuevos beneficiarios.

En el caso de las pensiones, afirma, una mujer en Colombia vive en promedio 87 años y un hombre, 81. Si un hombre de 62 años que cobra una mesada de un millón se casa con una joven de 30 años y muere, como la pensión es vitalicia, el Estado tendrá que pagarle en promedio a esta mujer una pensión por más de 57 años (unos 741 millones), lo que “pone en riesgo la sostenibilidad financiera del sistema pensional”, tanto para los fondos privados que se financian con su patrimonio, como el público, que se financia con los aportes de todos los colombianos.

Pero hay otros casos en donde los efectos de los matrimonios simulados son más costosos. En el 2015, un fallo del Consejo de Estado anuló el reconocimiento de la megapensión que había heredado una mujer de 40 años que se casó con su tío de 85, quien era excongresista. El Consejo de Estado afirmó que la pareja se casó tres años antes de la muerte del senador y que no se probó la convivencia.

Cada mes, Colpensiones recibe en promedio 3.000 solicitudes de pensión de sobreviviente. Según Luis Fernando Ucros, gerente de terminación de derechos de Colpensiones, este tipo de matrimonios por interés “no son aislados” y por eso tienen “implementado un control administrativo” para poder detectarlos.

Cuando lo reclama un cónyuge, Colpensiones hace una investigación administrativa, va hasta la casa de quien reclama la mesada, entrevista al celador, a los vecinos y a quienes puedan contar que efectivamente quien dice que tiene el derecho tuvo una relación de convivencia y de pareja con el beneficiario durante los cinco años anteriores a su muerte. Si se detecta que la unión no existió, la pensión se niega.

Uno de estos matrimonios por conveniencia salió a la luz en el 2016, cuando la Corte estudió una tutela de una mujer de 77 años que aseguró que su hermano, pensionado de la Fuerza Aérea, se había casado con una joven de 36 antes de morir para que le diera la pensión a ella, mesada que la esposa seguiría disfrutando una vez ella muriera. Pero la joven incumplió el compromiso, lo que llevó a la hermana a interponer la tutela.

Otra de las razones por las que las personas se casan por interés es para obtener papeles de residencia. Hace tres meses en Estados Unidos, por ejemplo, un juez acusó a 100 personas de una red que cobraba hasta 70.000 dólares a cambio de organizar matrimonios para que extranjeros obtuvieran la residencia.

Voces encontradas

Álvaro Rojas, presidente del Colegio de Notarios, asegura que los matrimonios por conveniencia se hacen con una causa ilícita para obtener un lucro, por lo que considera que la decisión de la Corte de anular una de estas uniones es acertada.

Agrega que este tipo de matrimonios son muy difíciles de detectar, pues las únicas razones por las que un juez puede negarse a realizar una boda es porque alguno de los contrayentes esté bajo los efectos del licor, las drogas o cuando es evidente que su voluntad podría estar viciada.

Y Helí Abel Torrado, abogado civil, afirma que “es ilícito celebrar un matrimonio con el propósito de defraudar al Estado”, por lo que considera válido anular estas uniones interesadas.

Pero otra opinión tiene Margarita Useche, profesora de Derecho Civil del Externado, quien considera que la decisión de la Corte es equivocada porque termina involucrándose en asuntos que son del fuero personal.

Fuente: Milena Sarralde, El Tiempo.