Propiedad e Ingeniería

Preguntas frecuentes

¿Qué hacer en caso de terremoto?

Es mejor que estemos preparados ante la eventualidad de un terremoto.

La Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos de Desastres (UNGRD) ha definido estos sencillos pasos, los cuales nos ayudan a construir una Colombia menos vulnerable:

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A. PREPÁRATE:

  1. Evita construir o habitar zonas de falla geológica.
  2. En zonas de riesgo sísmico, construye cumpliendo la Norma Nacional de Sismo Resistencia.
  3. Asegura tus bienes ante desastres.
  4. Al interior de la vivienda, asegura objetos pesados o que puedan caer en caso de sismo.
  5. Identifica los sitios seguros en caso de sismo.
  6. Dispón de un maletín y un plan de emergencias familiar.
  7. Participa en capacitaciones y simulacros desarrollados por el Sistema Nacional para la Gestión de Riesgos de Desastres.

B. ACTUA:

  1. Mantén la calma.
  2. Protégete en caso de sismo: agáchate, cúbrete, sujétate.
  3. Permanece atento a posibles réplicas.

C. RECUPÉRATE:

  1. Verifica la ubicación y estado de tus familiares.
  2. Sé solidario, ayuda las personas que lo requieran.
  3. Verifica el estado de tu vivienda antes de regresar.
  4. Mantente atento a las recomendaciones del Sistema Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastre.
¿Qué es un seguro de incendio?

Es una cobertura que protege al asegurado contra los perjuicios que pueda sufrir en bienes inmuebles de su propiedad (o sobre los que tenga un interés asegurable legítimo), por la ocurrencia accidental de un incendio. Las coberturas de incendio son obligatorias para los deudores hipotecarios y para los bienes comunes sometidos al régimen de propiedad horizontal.

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Usualmente, las compañías de seguros ofrecen una serie de anexos a la cobertura de incendio, terremoto, lucro cesante, anegación, daños por agua, erupción volcánica, caída de aeronaves, vientos huracanados, etc. Estas coberturas complementan la protección que un asegurado puede tener en relación con los bienes inmuebles de su propiedad.

¿Qué es el seguro de terremoto?

Ante la ocurrencia de un sismo, este seguro brinda la protección contra los perjuicios que puedan sufrir los bienes inmuebles. La cobertura de terremoto, es obligatoria para los deudores hipotecarios y para los bienes comunes sometidos al régimen de propiedad horizontal.

¿Qué es la cobertura de lucro cesante?

Protege al asegurado de las pérdidas que genera la interrupción de un negocio o actividad. Esta cobertura es de especial importancia para las pymes (Pequeña y Mediana Empresa), o aquellas personas que devengan sus ingresos de un negocio, cualquiera que sea la naturaleza del mismo.

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De este modo, el seguro garantiza que se reemplazarán las utilidades que el asegurado dejó de percibir por la interrupción de su negocio, a causa de los eventos mencionados en la póliza.

¿Por qué debo tener un seguro contra incendio?

El seguro contra incendio lo protege por las pérdidas parciales o totales que puede sufrir cuando su patrimonio, representado por su(s) inmueble(s), resulta afectado por un incendio accidental.

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Los incendios accidentales, son más frecuentes de lo que parece y pueden originarse en su hogar o fuera del mismo.

¿Por qué debo tener un seguro contra terremoto?

Colombia es un país particular desde el punto de vista sísmico, debido a que confluyen en el territorio nacional tres placas tectónicas: la Placa Nazca, la Placa de Cocos y la Placa Suramericana.

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Esta situación hace que el país presente una amenaza sísmica de consideración en sus principales ciudades, especialmente, aquellas localizadas en el centro y occidente de la nación.

Terremotos como los de Popayán en 1983, Armenia en 1999 y Cali en 2004, son evidencia reciente de la acción sísmica en el país.

¿Por qué debo tener un seguro de lucro cesante?

Si usted es un empresario, es importante que tenga un seguro de lucro cesante. No basta con tener aseguradas las instalaciones de su empresa, dado que cuando ocurre un evento, generalmente, se genera una interrupción en los ingresos de la misma. El lucro cesante pretende reemplazar la utilidad que generan estos ingresos, de manera que el asegurado no incurra en pérdidas mayores por la ocurrencia de un siniestro.

¿Qué es un anexo de la póliza de incendio?

En el sector asegurador, la póliza de incendio cuenta con una serie de anexos, que son coberturas adicionales complementarias. Estas coberturas, protegen al asegurado contra otro tipo de riesgos que pueden afectar las instalaciones físicas de una vivienda o una empresa.

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Entre estas coberturas están anegación, daños por agua, erupción volcánica, caída de aeronaves, vientos huracanados, etc. Estas coberturas o anexos a la póliza básica de incendio pueden ser escogidas a voluntad por el asegurado, debido a que las mismas tienen asociado un costo. En términos generales, las compañías de seguros venden “paquetes” de cobertura que cubren diversos eventos.

¿Qué es infraseguro?

Es la situación que se presenta cuando el valor de la suma asegurada, es menor al valor real de los bienes cubiertos. Esto las aseguradoras lo tratan de evitar normalmente al pedir en sus pólizas que el valor declarado, debe ser igual al valor real de los bienes asegurados, o declarando explícitamente en la póliza que el valor asegurado es menor que el valor real del bien, lo que se conoce como “primera pérdida”.

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Cuando se presenta infraseguro, en el caso de presentarse una indemnización, la compañía de seguros tiene la facultad de pagar a prorrata, de acuerdo con la proporción entre el valor asegurado y el valor real del bien asegurado.

Por ejemplo, si el valor real del bien es de 100 pesos y el valor asegurado fue de 50 pesos, se genera un infraseguro de 50 por ciento.

Por lo tanto, si se presentara una indemnización por pérdida parcial, la compañía de seguros está en la facultad de pagar a prorrata entre el valor asegurado y el valor del siniestro ocurrido. A manera de ejemplo, si se presentara un siniestro por valor de 70 pesos, la compañía de seguros responderá por el 50% del valor de dicha pérdida; es decir 35 pesos.

0,5 x $70 = $35.

En caso de pérdida total la regla proporcional no se aplica, simplemente la compañía de seguros indemniza hasta el valor asegurado y el asegurado responde por el resto de la pérdida.

Por este motivo, NO es recomendable que su póliza de incendio y terremoto presente infraseguro.

¿Qué es supraseguro?

Es cuando el valor de los bienes sujetos a aseguramiento es menor al valor asegurado. Las aseguradoras niegan el pago de las cantidades que exceden el valor real del bien, ya que en ningún caso el seguro puede ser instrumento de enriquecimiento para el asegurado.

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Los supraseguros pueden ser inocentes. En este caso, el tomador de la póliza actuó de buena fe y la aseguradora puede pagar hasta el valor real del bien.

Existe también el supraseguro doloso, es decir, aquel que se comete con el propósito de defraudar a la compañía de seguros. En este caso, si se comprueba el dolo, la compañía de seguros objeta el pago del siniestro, no devuelve la prima pagada por el asegurado e inicia un proceso judicial al asegurado por estafa. Tratar de defraudar a una compañía de seguros puede enviarlo a la cárcel.

¿Qué es el deducible?

Es la cantidad de la pérdida que asume el asegurado en caso de un reclamación o siniestro. Esta cantidad puede ser un valor fijo, un porcentaje de la pérdida o un porcentaje del valor asegurado.

¿Qué es un ajustador y qué hace?

Es un profesional independiente que estima y evalúa el monto de los daños en un siniestro asegurado. Investiga adicionalmente las posibles causas de la pérdida, con el objeto de informar a la aseguradora para que indemnice a los beneficiarios de la póliza.

¿Dónde puedo conseguir un seguro de incendio y/o terremoto?

Las pólizas de incendio y terremoto, solo pueden ser expedidas por las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

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Varias compañías de seguros utilizan a los intermediarios de seguros. Los intermediarios pueden ser corredores, agencias o agentes de seguros.

¿Puedo conseguir un seguro de terremoto sin comprar un seguro de incendio?

Es posible. Sin embargo, es generalizado en la industria aseguradora que el terremoto sea un anexo de la póliza de incendio.

¿Qué determina el costo de la póliza de incendio y/o terremoto?

Existen una diversidad de variables que determinan el costo de un seguro de incendio y terremoto (con sus respectivos anexos) entre ellos están:

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  • El valor asegurado del inmueble. 
  • La ubicación del bien. 
  • El uso del bien.(vivienda, oficina, comercio, bodega, industria, etc.) .
  • El material de construcción del bien (concreto, mampostería, madera, acero, etc.). 
  • La fecha de construcción del bien (si fue construido bajo normativa sismo resistente).
  • Vecindad del bien (edificios que puedan golpear el inmueble en caso de sismo, estaciones de gasolina, puentes, etc.) .
  • El asegurado puede tomar determinaciones que favorecen la disminución del valor de la prima. Entre ellas están: la colocación de extintores, planes de emergencia, evacuación, tratamiento de emergencias, etc. Depende del tipo de bien a asegurar.
Hice cambios en mi vivienda. ¿Debo informar a mi compañía de seguros? ¿Por qué?

Sí es necesario que informe a la aseguradora. Al realizar cambios en su vivienda, implica que el valor asegurado de su inmueble puede cambiar. Si no informa a la aseguradora sobre estos cambios y su valor, se puede configurar un infraseguro (ver infraseguro). Como se explicó anteriormente, el infraseguro NO es conveniente para el asegurado.