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No usar las direccionales puede ocasionar una multa

 

El Código Nacional de Tránsito contiene a detalle todas las acciones y maniobras que son catalogadas como infracciones. ¿Qué sucede al cometerlas? Pues bien, la sanción varía de acuerdo a su gravedad y al vehículo en cuestión. A menudo incluye la imposición de una multa y la inmovilización automotor.

Aunque en principio se trata de una información que todo actor vial debería conocer, es común que no siempre se ponga en práctica, ya sea por ignorancia o irresponsabilidad. El problema más allá de la sanción económica es que, en ocasiones, las infracciones conducen a la ocurrencia de accidentes, comprometiendo la integridad física y -en los casos más graves- la vida de las personas.

Una de las acciones más simples a la hora de manejar un vehículo, ya sea carro o moto, es activar las luces direccionales antes de un giro o cambio de carril. A pesar de que activar la direccional no toma más dos segundos y no requiere mayor esfuerzo, es una de las acciones que más omiten los conductores a la hora de circular por las carreteras.

Y es que estas luces existen por una razón: dar aviso oportuno a otros conductores cuando se está a punto de realizar una maniobra de giro. Por más obvio que parezca, su uso es obligatorio y no opcional.

Pero ¿el no uso de las luces direccionales podría sea causal de una multa? La respuesta es sí.

Según el Código Nacional de Tránsito, el uso de las señales direccionales es obligatorio en el momento de dar un giro o cambiar de carril. El artículo 131 fija una sanción de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) por “dejar de señalizar con las luces direccionales o mediante señales de mano y con la debida anticipación, la maniobra de giro o de cambio de carril”.

Haciendo cuentas, la multa equivale a cerca de 580.000 pesos colombianos para 2024.

 

¿Qué otras infracciones comprende el artículo 131?

  • No transitar por la derecha de la vía.
  • Agarrarse de otro vehículo en circulación.
  • Transportar personas o cosas que disminuyan su visibilidad e incomoden la conducción.
  • Transitar por andenes y demás lugares destinados al tránsito de peatones.
  • No respetar las señales de tránsito.
  • Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos.
  • Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arterias, en este caso el vehículo no automotor será inmovilizado.
  • Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción.

 

Fuente: Semana

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